La opción D es la respuesta correcta porque la autorización específica de servicio regular de uso especial es un documento propio y exclusivo del transporte de viajeros, concretamente de aquellos servicios que se prestan de manera continuada en itinerarios fijos para colectivos específicos. En el transporte de mercancías no se exige ni se utiliza este tipo de autorización, ya que su naturaleza jurídica y operativa está diseñada para la gestión de autobuses y el desplazamiento de personas.
Por el contrario, las opciones A, B y C sí son documentos propios del transporte de mercancías. El título habilitante (opción A) es el requisito administrativo fundamental para poder realizar transporte por carretera, ya sea de ámbito nacional o internacional. La autorización de transporte internacional para viajes no liberalizados (opción B) es necesaria cuando se realizan transportes de mercancías a terceros países que no están amparados por las liberalizaciones comunitarias o los acuerdos bilaterales. Por último, el certificado ATP (opción C) es un documento técnico obligatorio en el transporte de mercancías cuando se utilizan vehículos frigoríficos o isotermos para el transporte de productos perecederos a temperaturas controladas.
📚 Norma: 16/1987, Ley, Art. 64
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