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¿Se permite superar en algún caso el tiempo máximo de conducción semanal?

🌍 Comunidad: Andalucia 📍 Provincia: Sevilla 🎓 Convocatória: 2024 · 1ª convocatória 🗓 Año: 2024 📦 Categoría: Mercancías 🎯 Dificultad: Media 📘 Tema: Tiempos de conducción y descanso.
ANo.
BSí, hasta en treinta minutos, para llegar al lugar de residencia a fin de disfrutar el período de descanso semanal normal, siempre que no se comprometa la seguridad.
CSí, hasta en dos horas, para llegar al lugar de residencia a fin de disfrutar el período de descanso semanal normal o reducido, siempre que no se comprometa la seguridad.
DSí, hasta en dos horas, para llegar al lugar de residencia a fin de disfrutar el período de descanso semanal normal, siempre que no se comprometa la seguridad y se haga una pausa de 30 minutos antes de la conducción adicional.
D✔ Respuesta correcta

La respuesta correcta es la opción D: Sí, hasta en dos horas, para llegar al lugar de residencia a fin de disfrutar el período de descanso semanal normal, siempre que no se comprometa la seguridad y se haga una pausa de 30 minutos antes de la conducción adicional.. El Reglamento (CE) n.º 561/2006 establece las normas sobre tiempos de conducción, pausas y períodos de descanso para los conductores de transporte por carretera. Esta normativa es fundamental para garantizar la seguridad vial y las condiciones sociales en el sector. De acuerdo con lo dispuesto en dicho reglamento, la afirmación recogida en la opción D es la correcta. Fuente: (CE) 561/2006, Reglamento Comunitario, 12.

📚 Norma: (CE) 561/2006, Reglamento Comunitario, 12

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