El conductor debe hacer constar su nombre y apellido en una nueva hoja de registro o disco-diagrama antes de insertarlo. Esto es obligatorio porque garantiza que cada entrada en el cuaderno se pueda atribuir claramente al profesional que la realizó, cumpliendo con las normas de trazabilidad requeridas por los sistemas de control documental (como el Cédula Profesional Europea).
Las otras opciones son incorrectas: B) La hora UTC no es un dato exigido en este contexto básico; es más propio de registros digitales o sistemas GPS avanzados. C) La homologación del sensor de movimiento corresponde a especificaciones técnicas internas del vehículo y no está relacionada con la entrada manual del conductor. D) El número de chasis del vehículo suele estar fijado en placas oficiales y no forma parte de los datos que el conductor debe anotar periódicamente.
La referencia REGLAMENTO (UE) Núm. 165/2014, Art. 34.6 alinea esta práctica con la necesidad general de identificar inequívocamente a quienes operan los camiones y autobuses en el registro documental establecido por normativa europea.
📚 Norma: (UE) 165/2014, Reglamento Comunitario, Art. 34.6
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